El ser de Aprendizaje Sena, estipula en su capitulo V; artículos del 11 al 14, como debe llevarse el l debido desarrollo de la etapa productiva, al igual que el Proceso de formación, incumplimiento y deserción.
CAPÍTULO
V.
DESARROLLO
DE LA ETAPA PRODUCTIVA.
ARTÍCULO
11. APROPIACIÓN Y DESARROLLO DEL CONOCIMIENTO.
La etapa productiva del programa
de formación es aquella en la cual el Aprendiz Sena aplica, complementa,
fortalece y consolida sus competencias, en términos de conocimiento,
habilidades, destrezas, actitudes y valores.
La etapa productiva debe permitirle al aprendiz aplicar en la resolución
de problemas reales del sector productivo, los conocimientos, habilidades y
destrezas pertinentes a las competencias del programa de formación, asumiendo
estrategias y metodologías de autogestión.
ARTÍCULO
12. ALTERNATIVAS PARA EL DESARROLLO DE LA ETAPA PRODUCTIVA.
Para la realización
de la etapa productiva requerida en el proceso de aprendizaje de los Aprendices
del Sena, se deben considerar las siguientes alternativas:
--
Desempeño en una empresa a través del Contrato de Aprendizaje en las diferentes
empresas obligadas y/o voluntarias, incluido el Sena. La constancia de
cumplimiento a satisfacción es expedida por la empresa respectiva.
--
Desempeño a través de vinculación laboral o contractual en actividades
relacionadas con el programa de formación de conformidad con la normativa
dispuesta para contratos de aprendizaje. La constancia de cumplimiento a
satisfacción es expedida por la empresa respectiva
--
Participación en un proyecto productivo, o en Sena – Empresa, o en Sena
Proveedor Sena o en Producción de Centros, cuando se definen los proyectos en
el marco de un programa de formación y estos posibilitan la simulación de
entornos productivos reales y la aplicación de conocimientos, habilidades y
destrezas pertinentes a las competencias del programa para cumplir con el
objetivo de la etapa productiva, donde se concierta sobre las condiciones de
estadía, esto es, pago de algún auxilio económico o en especie. La constancia
de cumplimiento a satisfacción la expide el Subdirector de Centro respectivo.
--
De apoyo a una unidad productiva familiar, donde el aprendiz pueda aplicar en
las actividades que desarrolla las competencias adquiridas durante su proceso
de formación. En este caso el aprendiz hace su propia concertación con la
unidad productiva sobre las condiciones de estadía, esto es, pago de algún
auxilio económico o en especie y el certificado de cumplimiento de la pasantía
lo brinda el responsable del proceso del aprendiz en la unidad productiva.
--
De apoyo a una institución estatal nacional, territorial, o a una ONG, o a una
entidad sin ánimo de lucro, para el desempeño de actividades prácticas
asociadas a su programa de formación o el desarrollo de un proyecto productivo
en un ambiente de formación facilitado por esta institución, donde el aprendiz
hace su propia concertación con la institución sobre las condiciones de
estadía, esto es, pago de algún auxilio económico o en especie. La constancia o
certificado de cumplimiento de la pasantía la expide el directivo o responsable
del proceso del aprendiz en la institución.
--
Monitorías: De acuerdo con la reglamentación establecida en la Institución para
los procesos de aprendizaje, el desarrollo de monitorías por parte de los
Aprendices Sena en las especialidades que son afines tecnológicamente a su
programa de formación en un Centro de Formación del Sena, serán contempladas
como alternativa para la etapa productiva. La constancia o certificado de
cumplimiento a satisfacción de las actividades de monitoría la expide el
Subdirector de Centro de acuerdo a las horas asignadas por resolución.
--
Pasantías: Entre las cuales se contempla la asesoría a Pymes como alternativa
de etapa productiva.
PARÁGRAFO
1:
La permanencia del Aprendiz en la etapa productiva podrá gestionarse con el
acceso a cualquiera de las alternativas planteadas en este artículo, o la
combinación de varias de ellas durante el proceso de formación.
PARÁGRAFO
2:
Cuando un aprendiz tenga vínculo laboral previo inicio de la formación y
esta no afecte el desarrollo de las actividades establecidas previamente para
la ejecución de la formación, podrá optar por presentar dicho vínculo como
etapa productiva cumpliendo con todos los requisitos que esta implica; es
decir, se realizará una concertación de las actividades que debe estar
desarrollando en la empresa, así como el seguimiento tanto presencial como
virtual que debe ejecutar el instructor; esto implicará que estos aprendices
podrán estar desarrollando la etapa productiva y lectiva de manera simultánea.
PARÁGRAFO 3:
El Sena evaluará periódicamente las diferentes
alternativas de etapa productiva como parte del seguimiento y la evaluación
permanente en el marco del mejoramiento continuo, y como estrategia de
aseguramiento de la calidad de la formación profesional integral.
ARTÍCULO
13. REGISTRO DE LA ETAPA PRODUCTIVA.
Es responsabilidad del aprendiz gestionar
oportunamente su registro en el Sistema de Gestión Virtual de Aprendices para
poder optar por un contrato de aprendizaje. El Aprendiz es responsable de
actualizar permanentemente los datos que registre en este sistema, verificar
que correspondan a los registrados en el sistema para la gestión de la
formación y consultar periódicamente las oportunidades de contrato de aprendizaje
que reportan los empresarios.
Cuando el Aprendiz opta por otra alternativa diferente al contrato de
aprendizaje, esta debe ser aprobada previamente por el Coordinador Académico
del programa del respectivo Centro de Formación y la información deberá registrarse
inmediata y directamente en el sistema para la gestión de la formación.
ARTÍCULO
14. SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN DE LA ETAPA PRODUCTIVA.
El seguimiento a la etapa
productiva es obligatorio y se realizará de manera virtual y presencial. El
Aprendiz elaborará una bitácora quincenal, en la que señalará las actividades
adelantadas en desarrollo de su etapa productiva en cualesquiera de las
alternativas, para que el Instructor asignado como responsable pueda hacer
seguimiento de acuerdo a los indicadores establecidos en el procedimiento de
ejecución de la formación, garantizando una interacción continua entre el
Aprendiz y el Instructor; esta actividad se debe complementar con visitas o
comunicación directa que realice el Instructor.
PARÁGRAFO:
Si el Aprendiz no alcanza los resultados de aprendizaje de la etapa productiva
se procederá a realizar comité de evaluación quien analizará el caso para
emitir los juicios evaluativos finales, si los juicios no alcanzan los
resultados de aprendizaje de la etapa productiva se procederá a cancelar la
matrícula, previo agotamiento del debido proceso.
EN RESUMIDAS CUENTAS:




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